Las principales modalidades de comercialización de la tecnología innovadora que tienen a su disposición los organismos y grupos de investigación son:
El contrato de licencia es una de las modalidades más utilizadas para la comercialización de una tecnología innovadora. La institución, "licenciadora", transfiere a otra,"licenciataria", los derechos de explotar una tecnología para:
No se transfiere la propiedad de la tecnología, ya que no es una venta propiamente dicha, sino los derechos de explotación por un tiempo determinado. Los ingresos por licencias de tecnologías provienen normalmente de un pago fijo inicial por transferir los derechos a explotar la tecnología y de un pago variable o royalties según la facturación, realizada por el licenciatario, de productos que incorporen esa tecnología.
La venta de tecnología corresponde a la modalidad en la que la propiedad de la tecnología se traspasa totalmente a la empresa que la compra. Es típica en los casos en que la tecnología tiene poco que ver con el negocio de la empresa que la genera y/o los costes de desarrollarla comercialmente son excesivamente altos.
Los Contratos de Know-How o Asistencia Técnica permiten transferir conocimientos, muchas veces de carácter secreto, que no pueden ser patentados por no cumplir los requisitos de las patentes.
En la mayoría de los casos se trata de tecnología tácita, no codificada, habilidades y rutinas muy específicas de la empresa. Normalmente exigen el contacto personal, la presencia de técnicos y asesores, ya que no basta con la documentación.
Las Joint Ventures y los Desarrollos Conjuntos con otras empresas son modalidades basadas en explotar comercialmente una tecnología en conjunto con otras empresas con el fin de reducir costes y riesgos.
Si la alianza con otras empresas implica la creación de una nueva entidad jurídicamente independiente, se habla de Joint Venture. Si esto no ocurre, se trata de un simple Desarrollo Conjunto, cuyos resultados y beneficios se reparten entre los socios con arreglo a un acuerdo previo.
Una institución puede externalizar el desarrollo y explotación comercial de una tecnología a través de la creación de una nueva empresa independiente, pero vinculada a ella mediante participaciones de capital u otros nexos. Éstas se denominan Spin-Off o Empresas de Base Tecnológica (EBT).
La creación de Spin-Off y EBT permite a la institución-madre:
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