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Incentivos Fiscales a la I+D e Innovación Tecnológica

Los incentivos fiscales a la I+D e Innovación Tecnológica son ayudas indirectas del Estado dirigidas a las empresas. Consisten en retornos fiscales para las empresas que realizan actividades de I+D+i.

  • Se establecen en la Ley de Impuesto de Sociedades
  • Están libres de concurrencia competitiva
  • Son proporcionales al gasto
  • Incentivan todas las áreas de innovación de la empresa
  • Permiten su aplicabilidad a lo largo de los siguientes 15 años.

Conceptos deducibles

  1. Ampliación del concepto de I+D (software avanzado, prototipos, demostradores)
  2. Cuota íntegra o general de I+D: 30%
  3. Gastos de I+D+i que excedan de la media de los efectuados en los años anteriores: 50%
  4. Gastos de personal de I+D y de los proyectos subcontratados a las universidades, organismos públicos de investigación y centros de innovación y tecnología: deducción adicional del 10%.
  5. Adquisición de tecnología avanzada en forma de patente, know-how o diseño: hasta un 10%.
  6. Proyectos de innovación tecnológica con centros públicos de innovación y centros tecnológicos: 15%
  7. Diseño industrial e ingeniería de procesos de producción: 10%
  8. Certificación de normas de calidad: 10% 
  9. Límite conjunto de todas las deducciones del impuesto: 45% de la cuota íntegra.

Además existen otras deducciones específicas por actividades de innovación y se dispone de la minoración del importe de los gastos de I+D+i en el 65% de las subvenciones recibidas.

Inncentivos fisacales a la Innovación en la Unión Europea

Los sistemas de deducción fiscal a la I+D+i son diferentes en cada país y no son comparables. Actualmente, 15 de los 25 países Estados miembro de la UE ponen a disposición de las empresas programas incentivos fiscales por la realización de actividades de I+D. Pero no hay ninguna armonización o coordinación de estas medidas nacionales a nivel comunitario.

Recientemente la Comisión Europea ha publicado una guía para promover un uso más eficaz de los incentivos fiscales por la realización de actividades de I+D y favorecer con ello una utilización más efectiva, estable y concertada en la UE. 

 

 

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